Artículo 48 del Reglamento Estudiantil (Acuerdo 02 de 2019): “Programa de Asignatura (PDA). Programa elaborado por el profesor de cada asignatura en correspondencia con los lineamientos fijados por el comité de programa profesional respectivo, como guía para el desarrollo de cada curso. El PDA será presentado por el profesor a los estudiantes, en la primera clase del periodo académico. Este deberá ser firmado por un representante de los estudiantes del curso, en señal de acuerdo y ser remitido por el profesor a la coordinación del programa correspondiente, al finalizar la primera semana de clase”.
Según el Parágrafo del Artículo 48 del Reglamento Estudiantil, “el PDA contiene, por lo menos, los siguientes aspectos: Nombre y código de la asignatura, número de créditos, prerrequisitos, contextualización de la asignatura en el plan de estudios, las dos principales competencias asociadas al curso, contenidos básicos distribuidos en las semanas de actividad académica, metodología a utilizar, una descripción específica de la forma de evaluación (número de evaluaciones, tipo de evaluación, fechas de las evaluaciones, método de calificación), presentación de trabajos o realización de prácticas, bibliografía recomendada para cada tema y bibliografía de consulta”.